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nuevos precios del tabaco febrero

El BOE publica una nueva subida de precios para algunas marcas de tabaco

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El aumento de los precios de ciertas marcas de tabaco han protagonizado el inicio de 2023 para las personas fumadoras. 

Vivimos en una tendencia de subida de precios generalizada en casi todos los sectores como consecuencia del aumento de la inflación, pero algunos como el de la industria del tabaco se están viendo especialmente afectados. A continuación, desde el blog de traspaso de estancos de Hedilla Abogados os contamos todas las novedades.

Subida tras subida, la industria del tabaco se va resintiendo

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el pasado sábado 11 de febrero el nuevo listado de precios de venta al público (PVP) de diferentes productos de tabaco. Pero esta subida no es aislada ya que ha tenido otras muy cercanas en el tiempo. A finales del pasado mes de diciembre de 2022 y a finales de enero de 2023 hubo otras dos subidas, que involucraban a las principales marcas: desde Chesterfield, L&M o Marlboro a Ducados, Fortuna o Philip Morris. Otras marcas como Cohiba o Flor de T. Partagas han sufrido un incremento del coste de la mayoría de sus productos. 

Del incremento de precios de 2022, el más significativo lo sufrió la tabacalera Philip Morris, con un aumento de hasta el 11% respecto a sus precios anteriores. Así, una cajetilla de Marlboro que costaba 4,75 euros pasó a venderse por 5,35 €. Por ello, existe la sensación de que el resto de fabricantes llevará a cabo una subida muy similar próximamente. 

¿Qué impuestos tiene el tabaco?

El tabaco, en sus distintas modalidades, es uno de los productos que más impuestos lleva asociados actualmente. Los cigarrillos el 51%, mientras que los cigarros puros y cigarrillos añaden el 15,8%. La picadura de liar, por su parte, suma el 41,5%, y las demás labores de tabaco, susceptibles de ser fumadas, llevan un 28,4%. 

Quedan excluidos de impuestos los productos que, aunque tiene tabaco en su composición, no pueden ser fumados, como el rapé o tabaco para mascar

Tampoco llevan impuestos los cigarrillos electrónicos para vapear. Los envíos desde estos territorios a Canarias, Ceuta o Melilla, o viceversa, serán importaciones o exportaciones.

¿Cómo afecta la subida de precio a los estancos?

Sobre todo genera dudas e incertidumbre. Esta es la sensación que tienen ahora mismo los estanqueros de España, un sector que ha luchado para superar y salir adelante ante los cambios de una pandemia que ha dañado la economía general. 

Muchos estanqueros, ante tanta subida del precio, temen una bajada de la demanda y un aumento del contrabando, que suele ser siempre el que termina ganando. Estas subidas no son positivas porque se suelen traducir en pérdidas  en la recaudación.

 

Pagan 8 millones por 8 Estancos en la frontera entre Navarra y Francia

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Después de dos décadas sin realizarse, el pasado verano, el Ministerio de Hacienda y Función Pública convocó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) 203 nuevas licencias de expendedurías en España. En este se indicaba que tras 20 años de la última convocatoria era “necesario ampliar la red a determinadas zonas que no se encuentran suficientemente cubiertas en la prestación de este servicio público”.

De las 203 licencias que salieron a subasta en la geografía española, once se localizan en la Comunidad Foral de Navarra, de las cuales, ocho se sitúan en espacios con gran actividad en la frontera, como es la muga de Navarra con Francia. Las subastas del Comisionado para el Mercado de Tabacos partían en 50.000 euros. Sin embargo, la gran actividad que mueven los Estancos de las localidades navarras próximas a la frontera francesa provocó que esta cifra ascendiera rápidamente; Solamente por el nuevo estanco que salió a concurso en el municipio de Valcarlos se pujaron 2.065.000 euros. En el barrio de Dantxarinea, en el municipio de Urdax, se pagaron 1.855.000, 1.520.000, 1.060.000 y 620.000 respectivamente, por cuatro de las cinco licencias subastadas en esta ubicación. A destacar también la puja máxima realizada en el municipio de Bera, de 400.000 euros. El 17 de noviembre, una vez cerrada la subasta, la suma de las pujas por estas nuevas ocho expendedurías en esta zona ascendió a ocho millones de euros.

 

Se adjudican cinco nuevas licencias de Estanco en Guipúzcoa por 1.015.000€

 

En el caso de los cuatro estancos de Behobia, el precio se ha llegado a multiplicar hasta por cinco. Esto se debe a que este es el lugar de la provincia Guipúzcoa en el que más tabaco se vende, debido a la afluencia de clientes que provienen del otro lado de la muga.  Se han llegado a pagar respectivamente 280.000, 270.000, 225.000 y 160.000 euros.

 

Además de estas nuevas licencias ubicadas en Irún, también se subastó una nueva expendeduría en Donostia, en Ategorrieta, que se ha adjudicado por un precio de 80.000 euros. En total, el Estado ingresará por estas cinco licencias de Guipúzcoa un total de 1.015.000 euros. Los vencedores de las pujas de licencias de expendedurías tendrán hasta el próximo 18 de diciembre para abonar el dinero al Ministerio de Hacienda.

 

Desde Hedilla Abogados contamos con servicios de asesoría jurídica , expertos en asesoramiento para traspaso de estancos, ofreciendo un trabajo profesional y personalizado a cada uno de nuestros clientes.

 

Requisitos para acceder a la subasta de licencias de estancos 2022

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Para poder pujar, los participantes deberán inscribirse previamente en el Portal de Subastas, accesible en el siguiente enlacehttps://subastas.boe.es/. Asimismo, será indispensable que el usuario disponga de firma digital o de Cl@ave para acceder a la plataforma de subastas.

Por otro lado, deberán cumplir los requisitos técnicos que se detallen en el Portal de Subastas, debiendo disponer de identificación electrónica de persona física, proporcionar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil. Asimismo deberán aceptar expresamente las condiciones de participación y la política de privacidad contenidas en la Resolución de 7 de octubre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estadosobre la adhesión al Portal de subastas de la Agencia de todas las Administraciones Públicas y organismos vinculados o dependientes de las mismas, para la enajenación de sus bienes patrimoniales mediante subasta pública.

En todo caso los participantes deberán cumplir los requisitos personales exigidos en la presente convocatoria y en el resto de disposiciones aplicables.

Constitución y devolución de depósitos

 Para pujar en la subasta deberá constituirse previamente en el Portal de Subastas el correspondiente depósito en los términos previstos en el condicionado IV del Anexo de la Resolución de 7 de octubre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el cual responderá de la veracidad de los datos, documentos e informaciones aportados en este procedimiento. No procederá la devolución del depósito en los siguientes casos :

a)   Cuando se constate la falsedad de los datos, documentos o informaciones facilitados al Comisionado para el Mercado de Tabacos para la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria o en la normativa aplicable.

 b)    Cuando el mejor postor o el adjudicatario provisional no presente la documentación exigida o no abone el importe íntegro de la puja ofertada, en los plazos otorgados a tales efectos. 

c)   Cuando el adjudicatario incumpla alguno de los requisitos personales para ser titular de una expendeduría establecidos en este pliego.

 d)    Cuando el adjudicatario renuncie en cualquier momento a la concesión antes de la apertura de la expendeduría.

 e)   Cuando el adjudicatario no proceda a la apertura de la expendeduría por causas imputables al mismo.

 f)   En cualquier otro supuesto previsto en este pliego.

 El depósito será devuelto a los participantes que no tengan la condición de adjudicatarios una vez finalice la subastaLa subasta finalizará cuando se haya producido la autorización de apertura de la expendeduría o, en caso de interposición de recurso contra la resolución de adjudicación definitivauna vez que el acto recurrido adquiera firmeza en vía administrativa.

Pujas 

Las pujas se presentarán exclusivamente a través del Portal de Subastas.Para poder pujar, los participantes deberán inscribirse previamente en el Portal de Subastas, accesible en el siguiente enlacehttps://subastas.boe.es/

Para ello, deberán cumplir los requisitos técnicos que se detallen en el Portal de Subastas, debiendo disponer de identificación electrónica de persona física, proporcionar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil. Asimismo deberán aceptar expresamente las condiciones de participación y la política de privacidad contenidas en la Resolución de 7 de octubre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estadosobre la adhesión al Portal de subastas de la Agencia de todas las Administraciones Públicas y organismos vinculados o dependientes de las mismas, para la enajenación de sus bienes patrimoniales mediante subasta pública.

En todo caso los participantes deberán cumplir los requisitos personales exigidos en la presente convocatoria y en el resto de disposiciones aplicables. 

¿Quieres solicitar una licencia de estancos? En Hedilla Abogados nos encargamos de los trámites, ponte en contacto con nosotros a través de este formulario y te informaremos sobre el proceso.


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Licencias de estancos 2022: Guía para solicitarlas

By | Noticias de estancos

Haciendo mención a la resolución, de 26 de julio de 2022, de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, por la que se aprueban los pliegos de la subasta pública para la provisión de expendedurías de tabaco y timbre del Estado, indicamos que ya es posible acceder a la subasta de licencias de estancos 2022 para todos aquellos interesados en montar un estanco.

¿Qué particularidad tiene la subasta de estancos de 2022?

Las solicitudes, comunicaciones y notificaciones relativas al presente procedimiento se realizarán exclusivamente de forma electrónica, de conformidad con la Orden HFP/356/2022, de 20 de abril, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en el procedimiento de concesión mediante subasta de expendedurías de tabaco y timbre del Estado.

MAPA DE LAS NUEVAS LICENCIAS DE ESTANCOS

PLIEGO DE CONDICIONES 

El procedimiento de subasta pública y adjudicación de concesiones de expendedurías de tabaco y timbre del Estado se regirá por el presente pliego de condiciones. A. Requisitos personales para ser adjudicatario de una concesión de expendeduría de tabaco y timbre del Estado

1. Para ser adjudicatario de una concesión de expendeduría de tabaco y timbre del Estado será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser persona física mayor de dieciocho años.

b) Ser nacional español o de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Estar al menos en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar, Bachiller Elemental o equivalente.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

e) No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, incluyendo el de recaudación ejecutiva, no hallarse declarado en concurso salvo que en este haya adquirido eficacia un convenio o se haya iniciado un expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, no estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso conforme a la normativa concursal.

f) No haber sido condenado o sancionado mediante sentencia firme o resolución administrativa de igual carácter por delito o infracción administrativa de contrabando, por delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, por delitos contra la salud pública o por delitos de robo o receptación de productos de tabaco.

g) No haber dado lugar, por causa en que se le declare culpable, a la revocación de una concesión de expendeduría de tabaco y timbre del Estado o una autorización de punto de venta con recargo.

h) No haber sido sancionado de manera firme en vía administrativa por infracción muy grave en los últimos cinco años, o dos graves en los últimos tres años, de la Ley 13/1998, de 4 de mayo.

REGLAS DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación se someterá a las siguientes reglas:

a) El único criterio de adjudicación de la expendeduría será el del precio más alto ofertado, sin perjuicio de la obligación de cumplir el resto de condiciones y requisitos establecidos en este pliego.

b) Solo podrá adjudicarse una expendeduría por solicitante.

c) Si un postor hubiera ofertado el precio más alto, pero no pudiera serle adjudicada la concesión por cualquiera de las causas contempladas en el presente pliego, se tendrán en cuenta la segunda y sucesivas ofertas por orden de mayor a menor, cuyo adjudicatario cumpla los requisitos exigidos. En este caso, únicamente se tendrán en cuenta las segundas y sucesivas mejores ofertas de aquellos postores que hayan efectuado reserva de postura al presentar la oferta.

d) Si un mismo participante resultase el mejor postor en dos o más zonas o polígonos, se le asignará automáticamente aquella expendeduría en cuya puja su oferta haya sido más elevada. En el caso de que ninguna sea más elevada que otra, deberá optar por una de ellas y renunciar a las demás, que se adjudicarán en favor de quien figure como segundo mejor postor, excluyendo a aquellos que hayan resultado mejores postores en otra zona o polígono.

e) En el caso de que no hubiera pujas por la expendeduría de una zona o polígono, o bien ninguno de los solicitantes de la misma cumpliera los requisitos exigidos para ser titular, se declarará desierta.

OTRAS CONSIDERACIONES FUNDAMENTALES

– En cuanto al local, se establece una superficie mínima de atención al público de 20 metros cuadrados. Computa como superficie de atención al público el espacio dedicado a tienda y mostrador, quedando excluido el correspondiente a las instalaciones cuyo acceso se encuentre restringido a los consumidores.

– El establecimiento deberá ubicarse a una distancia no inferior a 150 metros de cualquier centro docente.

– La distancia a las expendedurías más próximas no deberá ser inferior a 150 metros. No obstante lo anterior, el Pliego de Condiciones señala que la distancia se reducirá hasta los 25 metros con respecto a expendedurías o Centros Docentes en aquellas zonas o Polígonos que se especifiquen. La medición de las distancias se realizará conforme a las siguientes reglas:

– La medición se efectuará desde el centro de la puerta de acceso público de la expendeduría hasta la puerta de acceso público más próxima del centro docente y el resto de las expendedurías.

– Esta medición se realizará en línea recta y deberá estar certificada por técnico colegiado competente. Procedimiento de Subasta Pública electrónica Los enlaces al Portal de Subastas no se publicarán hasta transcurridos al menos dos meses desde la publicación de la Resolución en el BOE. Una vez publicitados los anuncios en el Portal de Subastas se podrá consultar, para cada zona o Polígono subastado la puja mínima, los tramos entre pujas, el depósito que deberá constituirse, el inicio y finalización del plazo para pujar y el resto de las condiciones.

Los participantes deberán constituir un depósito previo que será devuelto si no se es finalmente adjudicatario. El plazo para pujar será de 20 días naturales a partir de la apertura de la subasta y se ampliará por periodos de una hora cuando existan pujas en la hora anterior hasta un límite de veinticuatro horas. El postor deberá efectuar “reserva de postura” para que, si no resultara ganador, su mejor oferta sea tenida en cuenta en el caso de que los postores con pujas superiores no cumplan los requisitos establecidos en este pliego o se retiren del procedimiento de subasta antes de su adjudicación definitiva. El único criterio de adjudicación de la expendeduría será el del precio más alto ofertado, sin perjuicio de la obligación de cumplir el resto de las condiciones y requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones.

Adjudicación provisional

Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, el Comisionado publicará el listado de mejores postores y de quienes hayan efectuado reserva de postura para cada zona o Polígono, en la sede electrónica del Organismo, disponiendo de un plazo de diez días hábiles para remitir al Comisionado la documentación requerida.

Resolución de adjudicación definitiva

Resultarán adjudicatarios definitivos los solicitantes que hayan presentado la mejor oferta en cada zona o Polígono, siempre que hayan cumplido las condiciones y requisitos del Pliego y hayan abonado el importe íntegro de la oferta presentada.

Autorización de apertura de la expendeduría

Los adjudicatarios definitivos contarán con un plazo máximo de seis meses para solicitar la autorización de apertura al Comisionado, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la Resolución de concesión de expendeduría. Para acreditar la idoneidad del local propuesto los adjudicatarios deberán presentar diversos documentos, entre ellos, un Plano con la ubicación exacta de todos los centros docentes situados en un radio de 500 metros, con expresión de la distancia al local propuesto y Plano con la ubicación de las expendedurías situadas a menos de 1.000 metros con respecto al local propuesto.

Resolución de autorización de apertura de la expendeduría

Una vez comprobado por el Comisionado el cumplimiento de todos los requisitos contemplados en el Pliego, se dictará y notificará Resolución autorizando la apertura. Plazo de concesión El plazo de concesión será de veinticinco años.

Otras obligaciones de los concesionarios

Por último, además de las obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones los concesionarios estarán sujetos a las siguientes: • Las obligaciones establecidas tanto en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, como en el RD 1199/1999, de 9 de julio, que la desarrolla, así como del resto del ordenamiento estatal, autonómico y local que les sea de aplicación.

• Las establecidas en materia de trazabilidad.

• El cumplimiento del deber de colaboración con el Comisionado.

• La imposibilidad de solicitar cambios de emplazamiento hasta transcurridos tres años desde la apertura de la expendeduría adjudicada, salvo casos de fuerza mayor.

• La obligación de realizar cursos de formación en el caso de que el Comisionado los convoque.

• La prohibición de gravar la concesión mediante contratos de garantía real, salvo autorización expresa del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Sin otro particular, recibid un cordial saludo.

Cómo montar un estanco

By | Noticias de estancos | No Comments

Montar un estanco es una de las opciones más demandadas en los últimos años. Esto se debe principalmente a que es el único establecimiento regulado para la venta de tabaco. Asimismo, la entrada de nuevos productos para poder vender dentro de las expendedurías les convierte en un negocio muy rentable cómo indicamos en este artículo.

Si estás considerando la idea de tener un negocio de venta de tabaco, tienes que saber que en España esta es una actividad regulada por el Estado. Se requiere un tipo de autorización especial para ello. Aun así, es una de las alternativas de negocios más demandadas.

Por lo tanto, es indispensable que cumplas con todas las exigencias de la normativa estatal para montar este establecimiento de forma legal. Para ello, te explicamos detalladamente los requisitos para montar un estanco.

¿Qué necesito saber antes de montar un estanco?

Las licencias de estanco las otorga el Estado a través de una subasta pública. Es decir, no podemos abrir una expendeduría y solicitar que nos otorguen la licencia de actividad. Cabe destacar que desde el año 2014 no se convoca una nueva licitación, y parece que va para largo, ya que desde el Comisionado para el Mercado de Tabacos se concedieron 300 nuevas licencias. También debes saber que es una inversión rentable que ofrece beneficios estables, por ello te invitamos que leas nuestro artículo sobre cuánto gana un estanquero.

 

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En caso de que vayan a conceder nuevas licencias, ¿qué debo hacer para montar un estanco?

Lo primero de todo es estar dado de alta como autónomo. Lo siguiente es acudir a la subasta pública estando al tanto de tus obligaciones fiscales, acreditando que no tienes antecedentes penales o que no seas propietario de otro estanco, entre otros requisitos.

 

Requisitos para montar un estanco

Hacer esto no es algo tan sencillo, se requiere de permisos especiales y cumplir con algunas condiciones. En principio, necesitaremos tener una licencia que se obtiene a través de los siguientes requisitos:

  • Ser persona física y no una empresa o sociedad.
  • Tener nacionalidad española.
  • Tener un local donde se establecerá el negocio.
  • Residir cerca del local para poder gestionarlo personalmente.
  • Conocer las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Comprometerse a gestionar personalmente el negocio.
  • No haber sufrido la revocación de una concesión anterior.
  • No ser titular de otro estanco.
  • No tener ninguna relación con fabricantes o importadores de tabaco.
  • No tener ninguna deuda con la Administración Pública.
  • No haber sido sancionado por contrabando de tabaco ni tener antecedentes.
  • Haber sido dado de alta como autónomo.

 

¿Qué factores se tienen en cuenta a la hora de conceder un estanco?

Cuando vas a montar un estanco debes tener en cuenta que el órgano que concede las licencias va a considerar principalmente el precio de tu puja. Esta situación no se daba antes ya que se concedía a huérfanos, militares retirados o viudas. Después del precio se va a tener en cuenta el local, ya sea su espacio útil como la distancia con respecto a centros docentes y otras expendedurías.

Cabe aclarar que la norma establece una distancia mínima de 150 metros entre expendedurías, que puede ser menor en función del volumen de negocio o de la población.

 

¿Cómo funciona el sistema de licencias?

Desde 2014, el Estado no ha otorgado licencias nuevas a todos los que la soliciten. De modo que no puedes simplemente solicitar la adjudicación de una nueva autorización, aunque cuentes con todos los requisitos para obtenerla.

Actualmente, las nuevas licencias son adjudicadas por medio de subastas públicas. Otra alternativa es comprar un estanco con autorización vigente, para lo cual debes buscar uno que esté en venta.

 

Subasta de licencias

Las subastas son convocadas por la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda cuando lo propone el Comisionado para el Mercado de Tabacos. Estas subastas son publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Para participar en ellas, debes presentar una solicitud al CMT y pagar una tasa. Por lo general, gana la subasta quien haya hecho la mejor oferta. No obstante, el Real Decreto establece algunos criterios para elegir el ganador:

  1. La distancia a los estancos más cercanos debe ser de 150 metros como mínimo.
  2. Espacio útil del local.
  3. La distancia con respecto a los centros educativos, la cual es de 300 metros como mínimo.

 

Compra de estancos

Hay que decir que desde 2013 no se han convocado más subastas para otorgar nuevas licencias. Debido a esto, la mejor alternativa en la actualidad es comprar un estanco en venta. Para ello debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta como autónomo.
  • No ser titular de otro estanco.
  • Residir cerca del negocio que se desea comprar.
  • No estar inhabilitado para ser empresario.
  • Conocer las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • No tener relación profesional con importadores o fabricantes de tabaco.
  • No tener antecedentes ni haber sido sancionado por contrabando de tabaco.

Para efectuar el traspaso de licencia inter vivos debes presentarla ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos. Ellos se encargan de verificar si se cumplen los requisitos estipulados por la Ley, y pueden tardar unos 3 meses.

 

¿Si no se anuncian más licencias qué debo hacer?

Muy sencillo: el traspaso de un estanco mediante una transmisión de inter vivos. En esta opción podemos tener dos variables: la primera es que un familiar directo nos lo traspase, y la otra, es que busquemos un estanco en venta para tramitar la compra. Si este es tu caso te recomendamos que te pases por nuestra galería de estancos en venta.

Ahora bien, si te decides por comprar un estanco debes tener en cuenta estos requisitos previos:

  • Estar al tanto de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Certificado de penales que acredite no tener antecedentes, haber sido sancionado por contrabando de tabaco ni estar inhabilitado para ser empresario.
  • Certificado de empadronamiento que certifique residir en la misma localidad donde está el estanco.
  • No se puede ser titular de otro estanco ni tener relación profesional con importadores o fabricantes de tabaco.
  • Estar dado de alta como autónomo.

 

¿Cuánto suele durar este proceso?

Una transmisión de licencia inter vivos (así es como se denomina y está regulada por la Ley 13/98 de Ordenación del mercado de Tabacos) puede extenderse durante unos tres meses. Durante este periodo el Comisionado estudia la transferencia de la titularidad para evaluar que todo se hace conforme a la ley.

 

Requisitos para adquirir una licencia

Tanto adquiriendo una licencia ya existente, como participar en una subasta pública de adjudicación de una nueva licencia de Expendeduría, los requisitos para el solicitante son los mismos, con la diferencia en importe de la inversión en la adquisición entre ellas:

  • Al comprar una licencia de estanco existente está adquiriendo la licencia con un fondo de comercio (clientes) y un local ya adecuado para seguir con la actividad que venía desarrollando ,lo cual hace que el coste de adquisición sea en base a la licencia y a las comisiones de venta de tabaco que haya tenido en ejercicios anteriores.
  • En el caso de ser adjudicatario de una nueva licencia se parte de cero con respecto a adecuación de local y respecto a clientes y el coste sería la suma de la adecuación del local junto con los equipos necesarios para su operativa y el importe pujado en la subasta para la adjudicación de la licencia.

¿Cómo se conceden las licencias ya existentes?

Para la adquisición de una Expendeduría ya existente lo más recomendable es asesorarse de la mano de consultores expertos en la compraventa de Expendedurías como en Hedilla Abogados, quienes le asesorarán sobre el valor de la Expendeduría, en base a su conocimiento del mercado, a su ubicación, a su facturación, al ratio de ventas mostrador/segundo canal y le asesorarán en todos los tramites a realizar ante el Comisionado para el marcado de Tabacos y otros organismos para conseguir la transmisión de la licencia que quiere adquirir. Consulta aquí más información

 

¿Cómo se conceden las nuevas licencias?

Las nuevas licencias para Expendedurías de Tabaco y Timbre se conceden por subasta pública publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuando se convoque será la primera vez que se realice una subasta, ya que los anteriores procesos, que se celebraron, fueron concursos públicos.

 

¿Quiénes pueden participar en las subastas?

Solo las personas físicas con capacidad para el ejercicio del comercio (ninguna empresa ni sociedad), nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea.

 

¿Qué otros requisitos necesita el solicitante?

Principalmente:

  • Disponer de un local en el polígono convocado (propiedad, arrendamiento, cesión, etc.)
  • No estar declarado en quiebra, ni suspensión de pagos.
  • No ser deudor de la Administración Pública.
  • No tener antecedentes penales, no haber sido condenado, hallarse procesado o sancionado por contrabando.
  • No haber dado lugar a la revocación de una concesión (expendeduría) o autorización de un punto de venta con recargo (PVR).

 

¿Cuándo debe presentar la solicitud?

En el plazo señalado en la convocatoria publicada en el BOE.

 

¿Quién convoca la subasta pública?

La Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

 

¿Cómo se convocan las subastas?

Cada subasta se rige por un Pliego de Condiciones en el que se delimitan las zonas o polígonos en los que se convoca una expendeduría, así como los requisitos de los concursantes, los criterios de valoración y la documentación a presentar.

 

¿La licencia que me conceden es vitalicia? ¿Por cuánto tiempo se conceden las expendedurías?

Este tipo de licencia no es vitalicia, sino que tiene una duración de 25 años. En caso de realizar un traspaso mientras está vigente, esta se renueva automáticamente y el nuevo titular contará con una concesión de otros 25 años.

 

¿Cuánto hay que pagar por abrir un estanco?

Si has conseguido la adjudicación de una licencia, debes abonar un impuesto fijo que depende de la población donde se ubica el local. Los impuestos establecidos son:

  • Menos de 10.000 habitantes: 120,20 €.
  • Entre 10.000 y 100.000 habitantes: 180,30 €.
  • Más de 100.000 habitantes y capitales de provincias: 240,20 €.

Aparte de esto, también se debe abonar un canon anual en base a los ingresos brutos que se tengan. Existen 16 categorías de cuotas establecidas que van de 0 € si los ingresos son menores a 12.020,24 € hasta los 9.015,18 € si los ingresos son mayores a 450.759,08 €.

Si crees que es demasiado dinero, puedes optar por otras alternativas de empleo y revisar los requisitos para vender en Amazon o los requisitos para sacar las oposiciones de Correos.

 

¿La licencia de estanco genera algún gasto anual?

Sí, tiene un impuesto fijo que se debe abonar al Comisionado para el Mercado de Tabacos. Este se aplica en función de la población donde esté ubicada la expendeduría y de sus ingresos brutos:

  • Un pago de 240,20€ para más de 100.000 habitantes y capitales de provincia.
  • Un pago de 180,30€, entre 10.000 y 100.000 habitantes.
  • Un pago de 120,20€ para poblaciones de hasta 10.000 habitantes.

En relación a los ingresos brutos:

Se establecen 16 categorías que van desde 0€ si los ingresos brutos son menores a 12.020,24€ hasta una cuota de 9.015,18 euros en caso de sobrepasar los 450.759,08€.

Montar un estanco es una tarea ardua tanto si lo estás comprando como si vas a realizar un traspaso. Has de tener en cuenta de que este tipo de negocios ofrecen una rentabilidad a corto plazo y un nivel de vida medio-alto, pero no por arte de magia, si no por tu esfuerzo.

Los ingresos van a estar determinados por las ventas de tabaco, timbre y otros productos en función del local como revistas, destilados, vapeadores o juegos del Estado si has adquirido un estanco con terminal mixto. De esto debes tener en cuenta que el margen establecido para todas las labores del tabaco es del 8,5%, salvo cigarros que es del 9% y un 4%en el caso de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo.

Otra fuente de ingresos puede ser el segundo canal, es decir, las máquinas expendedoras de tabaco. Para poder gestionar un canal de ventas de este tipo es necesario solicitarlo previamente al Comisionado para que pueda expedir los correspondientes permisos.

 

¿Ante qué Organismo se tramitan los asuntos relacionados con las Expendedurías de Tabaco y Timbre?

Ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos

 

¿Dónde se ubicarán los estancos o Expendedurías?

Dependerá de cada convocatoria, ya que según el proyecto de Real Decreto, la subasta “determinará las zonas o polígonos donde proceda la instalación de expendedurías”. Eso sí, en la fijación de esas zonas, se tendrán en cuenta “criterios comerciales, de rentabilidad, de servicio público, de distancias entre expendedurías y de población”, según el texto de la futura la norma.

 

¿Qué distancia habrá entre los estancos?

La distancia mínima entre expendedurías será de 150 metros. La distancia podrá ser inferior “si las circunstancias de rentabilidad de la zona y las exigencias de servicio lo aconsejan”. Los pliegos de condiciones de las subastas de estancos fijarán esas condiciones.

 

¿Puede una misma persona ser titular de dos o más expendedurías?

No. Tampoco puede serlo el titular de un punto de venta con recargo (PVR).

 

¿Es obligatorio residir en la localidad convocada?

No. Pero debe residir en una localidad cercana.

 

¿Es obligatorio gestionar directamente la expendeduría?

Sí. Sin perjuicio de la ayuda de dependientes.

 

¿Qué criterios se tienen en cuenta para valorar las ofertas?

Los establecidos en el Pliego de Condiciones que, en resumen, son:

  • Oferta Económicamente más ventajosa
  • Alejamiento de centros docentes
  • Distancia respecto a otras expendedurías

 

¿Es obligatorio abonar alguna tasa en el momento de presentar la solicitud?

Sí. Según población de derecho (censo) del municipio convocado.

 

¿El adjudicatario está obligado a efectuar algún otro pago?

Sí. Un canon anual calculado según criterios de población y volumen de negocio.

 

¿Se puede cambiar de lugar una expendeduría?

No, salvo en algunos casos que requieren la autorización del Comisionado.

 

¿Qué márgenes le quedan al expendedor de las ventas realizadas?

Los siguientes porcentajes calculados sobre el precio de venta al público:

  • 9% de la venta de cigarros
  • 8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarros
  • 4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo

¿De quiénes debe suministrarse de productos el expendedor?

Siempre de los mayoristas autorizados.

 

¿Qué productos se pueden vender en un estanco? ¿Se pueden vender otros artículos?

Si, se puede vender loterías con la concesión pertinente de SLAE, artículos de fumador, prensa, revistas, souvenirs, objetos de regalo, y ahora también el nuevo Real Decreto abre la posibilidad de la venta de cualquier producto, siempre que venga envasado de fábrica, y no altere las propiedades de las labores del tabaco (aroma, textura, sabor…), por lo que se puede vender una amplísima gama de productos dentro del establecimiento.

Pueden incluirse artículos para fumadores, productos de papelería y librería, así como snacks, refrescos, recargas telefónicas y abonos de transporte.

 

Aparte de esto, la Ley también permite realizar exportaciones e importaciones de productos a otros estados de la Unión Europea. Esto da la posibilidad de incluir servicios de paquetería, envío de dinero y otros servicios financieros.

 

¿Cuánto gana un dependiente de estanco?

Los dependientes de estos negocios ganan principalmente por comisiones de venta de productos de tabaco. A este respecto, existen 3 tipos de comisiones establecidas para las ventas de tabaco que son los siguientes:

 

  • 9% para los cigarrillos.
  • 8,5% para las cajetillas de cigarros.
  • 4% para timbres y sellos. 

 

Dicho esto, el sueldo bruto mínimo de un dependiente a jornada completa es de 12.600 euros anuales.

¿Qué son los gastos deducibles?

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Hasta el próximo 30 de junio, está abierto el plazo para la declaración de la renta para autónomos y/o cualquier otro profesional que sea contribuyente. Pero, ¿tengo posibilidades de ahorro al presentar los documentos? Por lo general, las personas que salen a pagar a Hacienda no saben cómo hacer para que al año siguiente no se les cobre tanto dinero. Esto, gracias a los gastos deducibles, permite que poco a poco se alivie la situación y exista una oportunidad para el descuento.

 

¿Qué son los gastos deducibles?

Cualquier autónomo puede deducir una serie de gastos siempre y cuando estén relacionados con su actividad. Esto, que puede influenciar en el IVA y el IRPF, permite a la mayoría ahorrar en la cantidad final que tienen que pagar pero, ¿cuáles son los requisitos para que Hacienda los acepte como tal?:

  • Deben estar relacionados con la actividad económica del profesional
  • Debe haber factura del gasto
  • Debe estar registrado en el libro de gastos y/o inversiones

En cualquier caso, es importante saber que incluso cumpliendo con las características la Agencia Tributaria puede echarlo para atrás. Para evitar esto, nada como un buen asesor que sepa de todas las casillas al presentar el papeleo y la necesidad de que los documentos queden lo más esclarecidos posibles.

 

Gastos deducibles para autónomos, ¿qué puedo desgravar?

Los gastos deducibles son muy diferentes para los trabajadores por cuenta propia y es que, el profesional autónomo cuenta con una serie de facturaciones que no tiene el empleado público o quién está como asalariado en algún negocio privado. Conocer a qué nos atenemos es parte de lo que garantiza un buen resultado.

Controlados por nuestro gestor, es importante que nosotros vayamos al día sobre aquellos apartados que podemos desgravar, los que permiten que nuestra cuota con Hacienda no sea tan elevada. Un resumen de gastos que podemos desgravar son los siguientes:

 

Gastos deducibles IRPF

El gasto por IRPF dependerá bastante de la actividad económica que tenga el autónomo en cuestión y es que, no puede desgravar lo mismo una empresa agricultora que una agencia de marketing online. No obstante, consumos de explotación, sueldos y salarios o Seguridad Social a cargo de la compañía son algunos de los contenidos comunes.

 

Gastos deducibles IVA

Aunque no todo el IVA soportado de las compras es deducible, sí que hay una buena parte que podemos desgravar a la hora de presentar nuestros papeles a Hacienda. Sueldos y salarios de los empleados, servicios de profesionales independientes, gastos financieros o bienes de inversión son algunos de los que sí que entran.

 

Gastos deducibles de vivienda

Con el teletrabajo en su máximo esplendor, los gastos deducibles de vivienda se tienen más en cuenta que nunca y es que, cuando nuestra casa es también el sitio desde el que desarrollamos la actividad económica, debemos esclarecer el consumo. Agua, luz, Internet y teléfono (si contamos con una línea fija) son los que hay en este apartado.

Conviene saber que la deducción para suministros del hogar es de un 30% pero este tanto no se hace sobre el total de la factura sino de una parte proporcional. De ninguna manera tratemos de desgravar todo porque se entiende que vivimos en este espacio y que igualmente hacemos gasto de luz y agua como mínimo.

 

Gastos deducibles de comida

Siguiendo la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo aprobada en 2017 recoge una deducción sobre el IRPF por gastos relacionados con las dietas. Con un máximo de 26,67€ al día o 48,8€ si nos encontramos en el extranjero, las cenas o comidas que haces fuera de casa también pasan por Hacienda con la intención de desgravar.

Es importante, en este punto, controlar lo que entra durante los fines de semana porque, a no ser que estemos de servicio o que vayamos a una reunión en la que ha habido comida o cena de por medio, no se considerará como gasto de empresa y, para las cuentas más altas, incluso estaríamos ante una posible denuncia.

 

En definitiva, los gastos deducibles para el autónomo en la Declaración de la Renta 2021 son muy variados entre sí. Con la entrada forzada del teletrabajo -a razón del covid-19- se han establecido otras medidas y facturas que debemos tener muy en cuenta de cara a Hacienda.

Contar con el respaldo de una buena asesoría fiscal al final nos ayuda a ahorrar en la declaración, ya que nos orienta sobre aquello que podemos desgravar (o no) en función de la actividad económica que realizamos, o de lo mucho que estemos invirtiendo a nivel profesional. Con todos los papeles por delante, será más sencillo saber si estamos haciendo las cosas bien. 

Para cualquier duda puede contactar con nuestros expertos de Hedilla Abogados al nº 913 56 63 88 o por la página web.

¿Cómo funciona la incapacidad temporal en trabajadores autónomos?

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La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador no puede ejercer su actividad laboral debido a una lesión o enfermedad. Si bien, tal y cómo indica su propia denominación, esta situación tiene carácter temporal. Es decir, una vez que el trabajador recibe el alta médica, debe reincorporarse a su puesto de trabajo con total normalidad. Si no se recuperara, es posible que el trabajador obtenga el derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente, si así lo consideran desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Así, la incapacidad temporal puede originarse por las mismas causas que dan lugar a una situación de incapacidad permanente: Accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional, enfermedad común.

 

Incapacidad temporal en autónomos

La incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador tiene derecho a percibir una prestación diaria que cubre la pérdida de rentas mínimas mientras el trabajador se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar.

Es importante tener claro que los trabajadores autónomos deben cumplir una serie de requisitos básicos para poder acogerse a una situación de baja médica por incapacidad temporal:

  • La normativa establece que los trabajadores autónomos tienen la obligatoriedad de cotizar por incapacidad temporal por contingencias comunes a la hora de darse alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

La cotización por contingencias comunes es opcional para aquellos autónomos en situación de pluriactividad y que coticen simultáneamente en otro régimen de la Seguridad Social, así como para trabajadores incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

Sin embargo, la cotización por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo es obligatoria para los trabajadores autónomos.

 

Requisitos para trabajadores autónomos

Además de lo expuesto anteriormente, la Seguridad Social establece una serie de requisitos básicos que deben cumplir los trabajadores autónomos para tener derecho a la baja médica por incapacidad temporal en España:

  1. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  2. Haber cotizado previamente a la Seguridad Social como trabajador.
  3. Estar al día con la Seguridad Social en cuanto al pago de cuotas se refiere, en caso de enfermedad común. En caso de que no esté al día, podrá pagar las cuotas oportunas en un plazo de 30 días. (No será necesario en caso de que la incapacidad temporal tenga su origen en un accidente de trabajo o enfermedad profesional)

En cuanto a la cotización, en caso de enfermedad común se exige un periodo de cotización de 180 días en los cinco años anteriores. Sin embargo, cuando la contingencia es un accidente de trabajo o enfermedad profesional, no se exige ninguna cotización previa.

«Si cumple estas condiciones, el autónomo tiene hasta 15 días para notificar la baja a la Seguridad Social, informar quién gestionará el negocio en su lugar o, si se da el caso, del cese definitivo o temporal de la actividad».

 

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Subida de los precios del tabaco en España

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Cientos de productos han visto subidas en sus precios en los últimos meses. El tabaco no ha sido menos. El IPC de marzo escaló al 9,8%, su tasa más alta en 37 años, por la luz, los carburantes y los alimentos. El tabaco lleva sin dejar de subir desde hace bastante tiempo.

El pasado 9 de abril fue la última subida y desde entonces aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado. Cigarrillos, cigarros, picadura para puros… muchas marcas valen desde entonces algo más. Aún así España sigue siendo uno de los países más baratos para tener este vicio.

Aquí una cajetilla de veinte cigarrillos cuesta, de media, 4,53 euros, lo que supone un desembolso mensual de 135,9 euros para un fumador que consuma un paquete cada día. Un coste que puede parecer alto para quienes no fuman pero que si se compara con el de otros países vecinos resulta barato. De hecho, en Francia una cajetilla tiene un precio medio de 9,70, mientras que en Irlanda sube hasta los 12,81 euros. Por contra, los países más baratos son Bulgaria (2,77 euros), Polonia (3,32) y Eslovaquia (3,46 euros).

Los nuevos precios de algunas marcas:

  • Lucky Strike Twist, que también aparece publicado en el BOE de 9 de abril, se trata de una cajetilla que sale nueva a la venta por un precio de 4,5 euros en estanco y 4,65 si se adquiere en máquina expendedora.
  • Corset Lile Supeslims: Sube 15 céntimos.Pasa de costar 4,20 euros en estanco y 4,35 en máquina a 4,35 en estanco y 4,45 en máquina.
  • Corset Marine Superslims: También sube 15 céntimos.Pasa de costar 4,20 euros en estanco y 4,35 en máquina a 4,35 en estanco y 4,45 en máquina. También sube 15 céntimos.
  • Corset Pink Superslims: Son 15 céntimos de subida. Pasa de costar 4,20 euros en estanco y 4,35 en máquina a 4,35 en estanco y 4,45 en máquina.
  • Corset White Supeslims: Pasa a costar 15 céntimos más. De 4,20 euros en estanco y 4,35 en máquina, a 4,35 en estanco y 4,45 en máquina.
  • Gold Coast Red 100s: La cajetilla, en este caso, baja su precio 15 céntimos. Desde este sábado se adquiere por 4 euros en estanco y 4,15 si se compra en máquina.
  • Gold Coast Red 22s: También cuesta desde este sábado 15 céntimos menos. Ahora vale 4,35 euros en establecimiento y 4,5 en máquina.

En la comunidad científica, está comúnmente aceptado que, en los países desarrollados, el aumento de un 10% del precio del tabaco supone un descenso del 4% en la demanda del producto. Esto quiere decir que si en un país cada fumador consume 100 cajetillas de cigarrillos al año y el precio medio es de 5 euros, el aumento de 50 céntimos de euro provocará que cada fumador consuma 4 cajetillas menos al año.

Según la Encuesta Europea de Salud en España del año 2020, un 23,3% de los hombres y un 16,4% de mujeres fuman a diario. El porcentaje más alto en los hombres corresponde al grupo de edad de 25 a 34 años y en las mujeres al grupo de 45 a 54 años. Conscientes de esta problemática, colectivos antitabaco han pedido que la industria asuma el coste de la prevención. El Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo, integrado por 38 organizaciones sanitarias, considera que las tabaqueras deben de pagar «los platos rotos de lo que están haciendo» y asumir el coste de planes de tratamiento y prevención porque es una «industria mortífera, que mata a uno de cada dos clientes».

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Se prevén manifestaciones de los estanqueros ante la campaña del Comisionado

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Tras los últimos eventos y la actual campaña agresiva de recaudación del Comisionado para el Mercado de Tabacos, (organismo autónomo de la Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), está sancionando con hasta 120.000 euros a estancos por suministrar tabaco a establecimientos hosteleros fuera de su radio de acción. La Plataforma de Estanqueros de España está dispuesta a salir a la calle si continúa la campaña.

Según un experto para la plataforma COPE, “hay una campaña agresiva de recaudación de impuestos, es decir, multar y cobrar.” Uno de cada tres estancos cercanos al establecimiento es el que puede suministrar el tabaco, pero también es verdad que quién solicita esa autorización es el titular del establecimiento de hostelería que indica una de esas expendedurías y que hasta que el Comisionado para el Mercado de Tabacos no autorice o deniegue esa autorización no se puede vender ni se puede suministrar tabaco. 

“De manera que lo que está ocurriendo es que el Comisionado ha dado una autorización expresa en la que reconoce que el estanco elegido por ese establecimiento de hostelería es uno de los tres más cercanos y cuando no lo autoriza, deniega esa autorización expresamente y ahora ocurre que hasta 2 o 3 y hasta 12 años después el Comisionado para el Mercado de Tabaco abre un expediente sancionador a ese estanco – con una media de entre 66.000 y 120.000 euros-, una sanción desproporcionada y le dice que la autorización que le dio no vale para nada”.

Para los estanqueros que han sido sancionados esto no va a quedar así, y van a acudir a los tribunales. “El estanquero ha confiado en el organismo público cuando le dio la autorización y, si ahora le quieren poner una sanción de 120.000 euros, no es el estanquero el que se ha equivocado sino el Comisionado” 

¿Por qué ha ocurrido?

Ahora el Comisionado ha cambiado el criterio para esa distribución a los establecimientos hosteleros, “Es absurdo decir que la responsabilidad del estanquero es saber si es uno de los estancos más cercanos.” Además esto es complicado de saber con seguridad, ya que puede ser uno de los más cercanos y posteriormente cambiar de emplazamiento otro estanco que no se haya informado. El Comisionado no informa de cuando se hace un cambio, por ello, el estanquero se limita a cumplir con sus obligaciones y es el Comisionado el que tendría que decirle al estanco si cumple o no los requisitos.

El Comisionado mira en profundidad cada detalle. “Manda a la Guardia Civil a investigar.  Investiga hasta si están bien puestos los letreros dentro de los estancos o si en las pantallas tiene una campaña que no se ajuste a las normas. La sanción mínima es de 12.000 euros. “Ante esta persecución estamos a pocos días de tener a otro sector manifestándose en la calle”.

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El comisionado inspecciona las distancias de los PVR

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Los puntos de venta con recargo están recibiendo notificaciones del Comisionado para el Mercado de Tabacos en las que se les advierte que la expendeduría que tienen asignada no se encuentra entre las tres más cercanas a su establecimiento.

¿Por qué ahora?

El Comisionado lleva años geolocalizando las expendedurías de tabaco. Hace unos meses puso en marcha en su web un programa que permite que las expendedurías comprueben por sí mismas si son una de las tres más cercanas a un punto geográfico. Ya solo quedaba un último paso: que alguien, un funcionario designado, se pusiera manos a la obra para comprobar las distancias.

El Comisionado tiene constancia de la dirección de todos los PVR y de todos los estancos. Por ello, las sanciones podrían haberse dado en cualquier momento y de manera sencilla, pero, hasta la fecha, solo se movía y comprobaba si se recibían denuncias externas del establecimiento. Ahora se ha empezado a comprobar y a sancionar desde el comisionado sin avisos externos. Y no se trata de nuevas autorizaciones de venta con recargo o de renovaciones, se trata de puntos que cuentan con un permiso vigente.

Las notificaciones que están recibiendo los PVR les instan a cambiar a una de las tres expendedurías más cercanas de forma inmediata o, en el supuesto de no estar de acuerdo con la medición, a recurrirla, lo que supone aportar una de propia, preferentemente firmada por un técnico colegiado.

Tipos de sanciones

De momento no nos consta que haya habido sancionados, aunque eso no significa nada porque, una vez el PVR haya finalizado el cambio, el Comisionado podría sancionar a las expendedurías

Recordemos que las mediciones son en distancia peatonal, siguiendo las normas de circulación, y andando a un metro de la pared. De eje de la puerta a eje de la puerta. Podéis utilizar la herramienta que el comisionado tiene en su web. Con Google Maps también podréis haceros una idea bastante aproximada aunque ninguna es 100 por 100 fiable. En la página del comisionado a veces hay algún estanco que no aparece, y en google la distancia puede fallar por algunos metros. 

Os recomendamos revisar bien vuestros PVR. En ocasiones, puede quedar fuera porque otro estanco ha movido su ubicación o porque se ha instalado un nuevo semáforo donde no lo había, por ejemplo.

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